La Agencia de Regulación y Control Aduanero (ARCA) extendió el plazo para que los importadores puedan solicitar la devolución de los pagos a cuenta del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS) que no hubieran podido ser computados.
A través de la Resolución General Nº 5749/2025, el organismo prorrogó hasta el 4 de septiembre de 2025, inclusive, la presentación de la “Declaración Jurada de Devolución de pagos a cuenta del Impuesto PAIS por Importaciones de Bienes (DJIP)”.
El régimen de devolución fue implementado en julio mediante la Resolución General N° 5.720, que creó el “Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS”. Allí, los importadores deben inscribir las operaciones que dieron origen a los pagos no utilizados. El plazo original para presentar la declaración jurada vencía el 22 de agosto de 2025.
Según se indica en la norma, “en atención a solicitudes recibidas de diversos operadores de comercio exterior y con el objeto de facilitar la incorporación de los despachos de importación comprendidos en la Resolución General N° 5.720 al mencionado registro, se considera conveniente extender el plazo establecido para la presentación de la mencionada declaración jurada”.