Energía fija plazos de 7 a 30 días para liberar exportaciones de hidrocarburos

La Secretaría de Energía instrumentó un cambio de paradigma en la operatoria de comercio exterior del sector petrolero a través de la resolución 166/2026. El flamante Procedimiento de Exportación de Hidrocarburos Líquidos y sus Derivados sepulta la obligación de publicar una oferta de venta previa en el mercado interno, requisito que regía desde 2017 y que había sido ampliado en 2023 a los oleoductos transfronterizos.

La medida se inscribe bajo el paraguas normativo de la Ley Bases (ley 27.742) y el decreto 70/2023, consolidando en un único instrumento reglas que arrastraban hasta tres décadas de antigüedad. En términos de gestión aduanera y comercial, el modelo transita de la autorización previa a la libertad de exportación sujeta a notificación.

Tiempos operativos y simplificación

El nuevo esquema establece ventanas de tiempo estrictas para la liberación de los despachos. Los operadores contarán con plazos acotados de 7 o 30 días, dependiendo del tipo de producto, para que la carga quede habilitada para su exportación.

Durante ese lapso, la Secretaría de Energía retiene la potestad de emitir una “objeción fundada”. Esta intervención estatal operará únicamente por excepción, basada en motivos técnicos o económicos directamente vinculados a la seguridad del suministro doméstico.

Para canalizar el procedimiento, se creó el Registro de Operaciones de Exportación. La plataforma centralizará la trazabilidad de las notificaciones, las objeciones y las constancias de libre exportación, desactivando a su vez la duplicidad de requerimientos informativos que exigía una resolución de 1994.

Impacto en la matriz exportadora

El nomenclador de mercaderías alcanzado por el nuevo registro incluye petróleo crudo, gasolinas, gasoil, propano, butano y GLP. No obstante, la autoridad de aplicación conservará la flexibilidad para ajustar este listado en función de las dinámicas de abastecimiento del mercado interno.

Desde la órbita de Economía sostienen que la arquitectura regulatoria anterior multiplicaba los pasos burocráticos sin cumplir eficazmente su objetivo de garantizar la provisión doméstica. La consolidación normativa busca, según los fundamentos oficiales, dar previsibilidad logística y competitividad comercial al sector energético en el mercado global.

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